No es necesario el acuse de recibido para poder soportar el IVA descontable
Se declaran nulos los conceptos emitidos por la DIAN en virtud de los cuales indicaba que para la procedencia del IVA descontable era necesario contar con el acuse de recibido de las facturas electrónica y la recepción del bien o servicio antes de la presentación de la declaración de IVA.
Consejo de Estado, Sentencia 29509 de 2025
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