Corte declara constitucional la ganancia ocasional en indemnizaciones de Seguros de vida
Para la Corte el carácter resarcitorio que tienen las indemnizaciones de Vida desde el punto de vista de seguros, no implica que no pueden ser gravados desde el punto de vita tributario. Esas indemnizaciones es susceptible de incrementar el patrimonio por lo tanto debe estar gravada.
Corte Constitucional, Comunicado de Prensa 34
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