La Superintendencia establece de manera oficial los costos que deberán asumir los sujetos regulados por las inspecciones in situ realizadas por esta.
La Resolución JD‑001‑2026, emitida por la Junta Directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá el 15 de enero de 2026, establece de manera oficial los costos que deberán asumir los sujetos regulados por las inspecciones in situ realizadas por la Superintendencia. Estas inspecciones forman parte de las funciones de supervisión previstas en la Ley 12 de 2012 y en la Ley 23 de 2015, que facultan a la entidad para fiscalizar el cumplimiento normativo, verificar operaciones, examinar libros y registros, y evaluar controles internos, gestión de riesgos y prevención de BC/FT/FPADM.
La norma aplica a aseguradoras, reaseguradoras, aseguradoras cautivas, corredores de seguros (personas jurídicas) y corredores de reaseguro, quienes deberán pagar tarifas diferenciadas según su tamaño y actividad. Estas tarifas oscilan entre B/.3,000.00 y B/.15,000.00, dependiendo de las primas netas del año anterior y el tipo de entidad. Además, se establece que las inspecciones realizadas fuera de la Ciudad de Panamá generan costos incidentales adicionales por concepto de viáticos, alojamiento y transporte del personal de la SSRP.
La resolución fija un plazo máximo de 30 días para el pago de los montos facturados y aplica un recargo del 10% mensual en caso de morosidad. También dispone que las inspecciones especiales —por inconsistencias detectadas, alertas tempranas o situaciones atribuibles al regulado— se cobrarán conforme a la misma estructura tarifaria. Finalmente, la norma entrará en vigor el 1 de enero de 2027, marcando una transición hacia un sistema de supervisión más estructurado, con costos explícitos y mayor transparencia regulatoria.
