Se evita de la exigencia de actualización de información del RUT

La DIAN hace las siguientes precisiones en relación con el Registro Único Tributario (RUT):
  • La vigencia de la inscripción en el RUT es indefinida.
  • El RUT solo se debe actualizar en caso de tener una modificación o adición de los datos que tiene consignados.
  • Las entidades públicas o privadas o deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61.
  • Los datos registrados en el RUT son los únicos que usará la DIAN para las comunicaciones oficiales.
DIAN, Circular 001 de 2023, 15-03-2023)

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