Medidas tributarias del Decreto 175 de 2025 por Conmoción Interior en el Catatumbo continúan vigentes hasta el 31 de diciembre
Las disposiciones tributarias del Decreto 175 de 2025, en las cuales se incluye el impuesto al timbre, se aplicarán hasta el 31 de diciembre de 2025, sin necesidad de prórroga.
Lo anterior, teniendo en cuenta que el literal ‘l’ del artículo 38 de la Ley Estatutaria 137 de 1994 permite imponer contribuciones fiscales o parafiscales para unas sola vigencia fiscal o durante la vigencia de la conmoción. En este caso, las medidas adoptadas mediante Decreto 175 de 2025 fueron diseñadas para aplicarse a lo largo del 2025.
(DIAN, Comunicado de Prensa 039 de 2025, 25-abr-25)
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