Propone ampliación del plazo para el reporte al RUB por parte de Organismos de Acción Comunal

DIAN pretende modificar el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 de 2021 (modificado por las resoluciones 000108 de 2023 y 000006 de 2025) para ampliar el plazo de reporte de información al Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) por parte de los Organismos de Acción Comunal (OAC).  
Obligaciones de cumplimiento normativo
  • Los OAC constituidos hasta el 30 de noviembre de 2025 deberán reportar la información de sus beneficiarios finales en el RUB a través de los sistemas de la DIAN.
  • Los OAC constituidos a partir del 1 de diciembre de 2025 deberán hacerlo dentro de los dos (2) meses siguientes a su inscripción en el Registro Único Tributario (RUT).
 
Fechas y plazos
  • Nuevo plazo máximo para el suministro inicial de información al RUB: 31 de enero de 2026.
  • Este plazo reemplaza el anterior, que vencía el 30 de junio de 2025.
 
Derogatorias y modificaciones
  • Se modifica el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 de 2021.
  • Se subroga lo dispuesto en las resoluciones 000108 de 2023, 000109 de 2024 y 000006 de 2025 en lo que respecta al plazo de reporte.
Vigencia: La presente Resolución entraría en vigencia a partir de de la fecha de publicación en el Diario Oficial.
Se reciben comentarios hasta el 23 de junio
DIAN, Proyecto de Resolución, 13-jun-2025

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