Se reglamentan unas garantías en materia aduanera

Por medio del presente proyecto se pretende reglamentar unas garantías en materia aduanera y se modifican disposiciones de la resolución 46 de 2019. De su contenido se destaca:
  1. Se permiten nuevas garantías como hipotecaria, fiducia mercantil en garantía, prenda sin tenencia y certificado de depósito a término y se reglamentan. Estas nuevas garantías podrán presentarse sólo cuando se demuestre la imposibilidad para obtener la constitución de las garantías de seguros y bancarias.
  2. Las garantías de seguros sólo podrán ser expedidas por entidades que se encuentren sometidas a inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia.
  3. Se modifican disposiciones sobre el monto, vigencia, firma y clausulado de las garantías.
  4. Se modifican los anexos que se deben adjuntar al momento de presentar la garantía. Para las garantías de compañías de seguros, se requerirán (i) La garantía expedida para el asegurado o beneficiario, según el tipo de garantía de que se trate. (ii) Clausulado bajo el cual fue expedida. (iii) Certificado de pago de la prima o manifestación expresa de que la misma se encuentra paga o no expirará por falta de pago.
  Se recibirán comentarios hasta el 25 de junio de 2021.
Proyecto de Resolución, DIAN

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