Se señala el contenido y se adoptan las características técnicas de la información cambiaria y de los informes de endeudamiento externo que deben ser presentados a la DIAN por los titulares de cuentas de compensación, y se fijan los plazos para su entrega

Por medio del presente proyecto se pretende señalar el contenido y características de la información que deben ser presentados por los titulares de cuentas de compensación, entre otros sujetos obligados. De su contenido se destaca:
  1. Los titulares de cuentas de compensación no estarán obligados a presentar la información relacionada con los numerales cambiarios que no puedan ser utilizados por una cuenta de compensación.
  2. Se señala la información con datos mínimos que se deben presentar por las operaciones de cambio, de endeudamiento externo, de declaraciones aduaneras y de valores pagados a las mercancías, de ausencia de operaciones a reportar y de excepciones a la canalización.
  3. Se establecen los plazos para presentar la información, de acuerdo con el último dígito del NIT del obligado a presentar la información.
  4. La información que sea generada o corresponda al primer trimestre del año 2022, deberá ser presentada por los obligados en el mes de abril de 2022.
Se recibirán comentarios hasta el 01 de julio de 2021.
Proyecto de Resolución, DIAN

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