Se adicionan directrices entorno a los requerimientos de Información relacionada con Operaciones de Cambio (Resolución 180 de 2024)

Establece las especificaciones técnicas para el reporte de información exógena cambiaria, mejorando la eficiencia y transparencia. Obligaciones de Cumplimiento
  • Los IMC, titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos deben presentar trimestralmente a la DIAN la información cambiaria requerida en el mes siguiente en el que se canalizo las operaciones iniciales, devoluciones y cambios de declaraciones de cambio, entre otros.
  • La información debe ser entregada virtualmente utilizando los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.
 
  • Datos del Contenido: Cada operación de cambio reportada debe incluir información detallada como el tipo de informante, el tipo de operación, el NIT del IMC, el código de la cuenta de compensación, la fecha y el número de la declaración de cambio, entre otros.
Disposiciones con Alto Impacto
  • Tras la entrada en vigor de la presente norma entra en funcionamiento el aplicativo “Programa Prevalidador Cambiario Versión 3.0.0. cuyo enlace se encuentra dispuesto dentro de la norma
  • Los IMC deben reportar las operaciones de cambio iniciales, devoluciones y cambios de declaraciones de cambio, identificando e individualizando cada operación con un número y fecha asignados.
 
  • La DIAN puede exigir información detallada sobre el destino del reembolso o pago de las importaciones de bienes, incluyendo el nombre o razón social del beneficiario y los datos de la cuenta bancaria receptora.
  Derogatorias: Se deroga la resolución 000161 de 2021, 000494 de 2022 y sus anexos técnicos en relación con las obligaciones de reporten que se hagan exigibles.
DIAN, Resolución 000204, 3- abril- 2025

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