Modificación de requisitos para autorretenedores de renta
Modifica parcialmente la Resolución 005707 de 2019, que establece los requisitos para ser autorizado como autorretenedor del impuesto sobre la renta, con el fin de aclarar la interpretación del requisito relacionado con la pérdida fiscal y su origen en beneficios tributarios.Principales obligaciones de cumplimiento
Para ser autorretenedor- No presentar pérdidas fiscales en los tres (3) años gravables anteriores a la solicitud, salvo que estas se originen en beneficios tributarios.
- En caso de presentar pérdidas, se debe adjuntar certificación del revisor fiscal o contador público que detalle:
- El beneficio tributario aplicado.
- El monto.
- La norma que lo justifica.
Disposiciones de alto impacto
Suspensión de la autorización como autorretenedor:- La pérdida fiscal no será causal de suspensión si proviene de beneficios tributarios.
- La DIAN podrá requerir certificación para verificar el origen de la pérdida.
Fechas y Plazos
- La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial (15 de mayo de 2025).
- Aplicación inmediata a solicitudes nuevas y procesos en curso relacionados con la autorización o suspensión como autorretenedor.