Implementa la presentación electrónica de los recursos de reconsideración en materia tributaria

La DIAN implementa la presentación electrónica de los recursos de reconsideración, y establece que se perfeccionan con el Acuse de Recibo. De la norma resalta:
  1. No se aceptará la presentación electrónica de recursos de reconsideración por correo electrónico o por otros medios electrónicos distintos al Sistema Electrónico de recursos jurídicos del MUISCA.
  2. Solo se aceptará un recurso por cada radicación, y todos los anexos al recurso deberán cargarse en el Sistema Electrónico en formato PDF.
  3. Los recursos deberán cargarse en el Formato 2674 “Radicación de Recursos Jurídicos” y contar con Firma Electrónica.
  4. El Acuse de Recibe obrará como comprobante de la radicación, y será expedido de forma automática e inmediata.
  5. En caso de fallas técnicas que impidan acceder al contenido del recurso o sus anexos, se informará al interesado para que lo presente en medios físicos dentro de los siguientes 5 días hábiles.
DIAN, Resolución 056 de 2021

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