Se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico correspondiente

El objeto del registro de la factura electrónica de venta como título valor - RADIAN, de que trata la presente resolución regula únicamente el registro de los eventos que se asocian a la factura electrónica de venta como título valor en el RADIAN, estableciendo las condiciones, términos, mecanismos técnicos y tecnológicos, para su generación, transmisión, validación y recepción electrónica. De su contenido se destaca:
  1. En el registro de la factura electrónica de venta considerada título valor - RADIAN, se inscribirán las facturas electrónicas consideradas como título valor que circulen en el territorio nacional.
  2. El RADIAN estará compuesto por la factura electrónica de venta como título valor y los eventos que se asocian a ella, así como los usuarios del mismo y las funcionalidades para el cumplimiento de la habilitación, generación, transmisión, validación, entrega y registro de dichos eventos.
  3. Establece los requisitos para la inscripción en el RADIAN de la factura electrónica de venta como título valor que circula en el territorio nacional.
  4. Fija los eventos y las condiciones para el registro de los eventos que se pueden registrar en el RADIAN.
  5. Dispone las características, condiciones, mecanismos técnicos y tecnológicos del RADIAN.
(DIAN, Resolución 085 de 2022, 08-abr-22)

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