Nuevas funciones regulatorias del IGAC

El IGAC, atendiendo al artículo 47 de la Ley 2294 de 2023, asume de manera transitoria las siguientes funciones:
  1. Expedir normas técnicas y administrativas relacionadas para el desarrollo de la gestión catastral.
  2. Establecer las condiciones jurídicas, técnicas, operativas, tecnológicas, económicas y financieras para la habilitación y contratación de gestores y lineamientos técnicos para la contratación de operadores catastrales.
  3. Establecer las condiciones jurídicas, técnicas y administrativas requeridas para la deshabilitación de gestores catastrales.
  4. Establecer las condiciones para el registro de la información catastral en el SINIC o la herramienta que haga sus veces, por parte de los gestores catastrales.
  5. Señalar la definición para la conformación y funcionamiento de la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales -ICDE-.
  6. Expedir el régimen de tarifas de los servicios y tramites de la gestión catastral, basado en criterios de eficiencia, suficiencia financiera y sostenibilidad.
  7. Las demás que señalen las leyes en la materia.
IGAC, Resolución 782 de 2023, 07-Jun-2023

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