Se reglamentan medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso

Este decreto reglamenta las medidas orientadas a la reducción de la producción y consumo de plásticos de un solo uso en el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 16 Y 34 de la Ley 2232 de 2022. De su contenido se destaca:
  1. Aplica a quienes introduzcan en el mercado, comercialicen, distribuyan o consuman, plásticos de un solo uso.
  2. Corresponde a los municipios y distritos la incorporación en los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos para la promoción de la formalización y regularización de los recicladores de oficio y de las organizaciones de recicladores de oficio como actores de la cadena de valor del plástico.
  3. MinAmbiente y MinCIT promoverán las acciones orientadas a estimular la formalización de las empresas transformadoras de plástico, así como la divulgación de la oferta programática para el desarrollo e impulso de este sector.
  4. MinAmbiente definirá las condiciones que deben cumplir los productos plásticos de un solo uso para "ser considerados biodegradables y/o compostables en condiciones ambientales naturales.
(MinAmbiente, Decreto 2192 de 2023, 22-dic-23)

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