MINCIT reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario - CERT

Reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario (CERT), un instrumento libremente negociable que permite devolver total o parcialmente los impuestos indirectos pagados por exportadores de bienes y servicios legalmente exportados. El CERT podrá ser utilizado para el pago de impuestos sobe la renta, gravámenes arancelarios, impuesto sobre las ventas (IVA) y retención en la fuente.  
Obligaciones de cumplimiento
Para exportadores de bienes:
  • Estar inscritos en el RUT como exportadores.
  • Tener dentro del objeto social las actividades relacionadas con los bienes exportados.
  • Estar inscritos en el Registro de Productores de Bienes Nacionales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
  • Presentar solicitud de reconocimiento del CERT dentro de los 8 meses siguientes a la exportación.
  Para exportadores de servicios:
  • Estar inscritos en el RUT como exportadores.
  • Presentar facturas electrónicas válidas.
  • Acreditar el reintegro efectivo de divisas.
  • Certificar información detallada del servicio exportado (modo, destino, usuario, valor, etc.).
  • Presentar solicitud dentro de los 8 meses siguientes a la expedición de la factura
 
Fechas y Plazos
  • Vigencia: El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
  • Aplicabilidad: Las disposiciones serán exigibles una vez finalizado el periodo de transición de 3 meses.
  • Periodo de transición: 3 meses desde la entrada en vigencia.
  • Caducidad del CERT: 2 años desde la fecha de su emisión.
  • Años cubiertos: Exportaciones realizadas en 2025 y 2026.
  • Esta norma deroga todas las disposiciones que le sean contrarias a partir del día siguiente a su publicación, con aplicación efectiva tras el periodo de transición.
Algunas de las exclusiones del beneficio del CERT
  • Exportaciones hechas desde y hacia zonas
  • Reexportaciones de bienes, reembarque, expotaciones temporales, envíos urgentes, exportaciones de muestras sin valor comercial, entre otras.
  • Exportaciones hechas a los países miembros de la Comunidad Andina y Venezuela.
Sanciones y control
  • La Dirección de Comercio Exterior podrá requerir información, realizar visitas y trasladar irregularidades a autoridades competentes.
  • El CERT será administrado por un depósito centralizado de valores, bajo supervisión del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Comercio.
MINCIT, Decreto 0556 de 2025, 28-mayo-2025

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