MINCIT reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario - CERT
Reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario (CERT), un instrumento libremente negociable que permite devolver total o parcialmente los impuestos indirectos pagados por exportadores de bienes y servicios legalmente exportados. El CERT podrá ser utilizado para el pago de impuestos sobe la renta, gravámenes arancelarios, impuesto sobre las ventas (IVA) y retención en la fuente.Obligaciones de cumplimiento
Para exportadores de bienes:- Estar inscritos en el RUT como exportadores.
- Tener dentro del objeto social las actividades relacionadas con los bienes exportados.
- Estar inscritos en el Registro de Productores de Bienes Nacionales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
- Presentar solicitud de reconocimiento del CERT dentro de los 8 meses siguientes a la exportación.
- Estar inscritos en el RUT como exportadores.
- Presentar facturas electrónicas válidas.
- Acreditar el reintegro efectivo de divisas.
- Certificar información detallada del servicio exportado (modo, destino, usuario, valor, etc.).
- Presentar solicitud dentro de los 8 meses siguientes a la expedición de la factura
Fechas y Plazos
- Vigencia: El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
- Aplicabilidad: Las disposiciones serán exigibles una vez finalizado el periodo de transición de 3 meses.
- Periodo de transición: 3 meses desde la entrada en vigencia.
- Caducidad del CERT: 2 años desde la fecha de su emisión.
- Años cubiertos: Exportaciones realizadas en 2025 y 2026.
- Esta norma deroga todas las disposiciones que le sean contrarias a partir del día siguiente a su publicación, con aplicación efectiva tras el periodo de transición.
Algunas de las exclusiones del beneficio del CERT
- Exportaciones hechas desde y hacia zonas
- Reexportaciones de bienes, reembarque, expotaciones temporales, envíos urgentes, exportaciones de muestras sin valor comercial, entre otras.
- Exportaciones hechas a los países miembros de la Comunidad Andina y Venezuela.
Sanciones y control
- La Dirección de Comercio Exterior podrá requerir información, realizar visitas y trasladar irregularidades a autoridades competentes.
- El CERT será administrado por un depósito centralizado de valores, bajo supervisión del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Comercio.