Eliminación de medidas arancelarias a importaciones desde Ecuador

adoptado aranceles y medidas de restricción al ingreso de mercancías provenientes de Ecuador. Esta decisión se sustenta en la eliminación, por parte de Ecuador, de las medidas que habían motivado dichas restricciones. Se establecen reglas de transición para declaraciones de importación anteriores a su vigencia y se dispone un tratamiento diferido de 45 días para la cesación de medidas aplicables a ciertas subpartidas, principalmente relacionadas con el arroz. Vigencia: Rige un día después de su publicación en el Diario Oficial.
MinCIT, Decreto 0583 de 2026

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