Modifica la entrada en vigencia de la Norma de Información Financiera NIIF 17, Contratos de Seguro

Aplaza la entrada en vigencia de la NIIF 17 y ajustar el régimen de transición, atendiendo la alta complejidad técnica, operativa y tecnológica de su implementación en el sector asegurador. Entrada en vigencia de la NIIF 17
  • La NIIF 17 – Contratos de Seguro será aplicable a partir del 1 de enero de 2028 para: Estados financieros de propósito general y Estados financieros individuales y separados de las entidades del Grupo 1.
Régimen de transición y reconocimiento gradual
  • Las entidades deberán reconocer de manera gradual las diferencias netas positivas o negativas generadas por la aplicación por primera vez de la NIIF 17.
  • El reconocimiento podrá realizarse hasta en un plazo máximo de diez (10) años, salvo que se defina un período inferior, el cual deberá ser informado a la Superintendencia Financiera de Colombia.
Planes de ajuste
  • Cada preparador de información financiera deberá presentar a la Superintendencia Financiera de Colombia un plan de ajuste, el cual deberá: Estar aprobado por la junta directiva y presentarse a más tardar el 31 de agosto de 2026.
Políticas contables y revelaciones Las entidades deberán:
  • Definir una política de amortización para el reconocimiento de las diferencias netas.
  • Recalcular las diferencias al cierre de cada período anual.
  • Revelar en las notas a los estados financieros: Impactos estimados, procedimiento de cálculo y monto y plazo pendiente de reconocimiento.
(MinCIT, Decreto 217 de 2026, 5-mar-26)

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