Modifica la entrada en vigencia de la Norma de Información Financiera NIIF 17, Contratos de Seguro
Aplaza la entrada en vigencia de la NIIF 17 y ajustar el régimen de transición, atendiendo la alta complejidad técnica, operativa y tecnológica de su implementación en el sector asegurador. Entrada en vigencia de la NIIF 17- La NIIF 17 – Contratos de Seguro será aplicable a partir del 1 de enero de 2028 para: Estados financieros de propósito general y Estados financieros individuales y separados de las entidades del Grupo 1.
- Las entidades deberán reconocer de manera gradual las diferencias netas positivas o negativas generadas por la aplicación por primera vez de la NIIF 17.
- El reconocimiento podrá realizarse hasta en un plazo máximo de diez (10) años, salvo que se defina un período inferior, el cual deberá ser informado a la Superintendencia Financiera de Colombia.
- Cada preparador de información financiera deberá presentar a la Superintendencia Financiera de Colombia un plan de ajuste, el cual deberá: Estar aprobado por la junta directiva y presentarse a más tardar el 31 de agosto de 2026.
- Definir una política de amortización para el reconocimiento de las diferencias netas.
- Recalcular las diferencias al cierre de cada período anual.
- Revelar en las notas a los estados financieros: Impactos estimados, procedimiento de cálculo y monto y plazo pendiente de reconocimiento.
