Reglamenta el seguro de vida colectivo que ampara al personal de vigilancia y seguridad privada

MinDefensa reglamenta el seguro de vida colectivo que ampara al personal operativo vinculado a los prestadores de servicios de vigilancia y seguridad privada. Este seguro es obligatorio, colectivo, contratado anualmente bajo la modalidad no contributiva; y, el beneficiario será a título gratuito. De la norma destaca:
  1. Aplica a los siguientes cargos: vigilante, escolta, operador de medios tecnológicos, manejador canino y supervisor.
  2. Aplica a los siguientes prestadores de servicios de vigilancia: empresas, cooperativas, servicios comunitarios, servicios especiales, servicios de transporte de valores y departamentos de seguridad.
  3. Determina los elementos esenciales del seguro y reglamenta el procedimiento de contratación y de renovación del seguro.
 
MinDefensa, Decreto 1588 de 2021

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