MinEnergia pretende modificar el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP), en sus Libros 1, 2, 3 y 4, así como los anexos, con el fin de actualizar, aclarar y mejorar los requisitos técnicos aplicables a productos, instalaciones y actores públicos y privados relacionados con sistemas de iluminación, incluyendo alumbrado público.   Algunos aspectos de interés Principales grupos de modificación
  • Corrección de errores editoriales: Ajustes en textos, fórmulas y tablas para eliminar inconsistencias y facilitar la interpretación.
  • Inclusión de definiciones: Se agregan definiciones clave para estandarizar la interpretación y agilizar la evaluación de la conformidad.
  • Aclaración de exclusiones y excepciones: Se precisan productos y aplicaciones excluidos o exceptuados del cumplimiento del reglamento.
  • Flexibilización de requisitos: Se eliminan o flexibilizan requisitos y ensayos considerados innecesarios o que generaban cargas adicionales, especialmente en ensayos y certificaciones, sin comprometer la calidad ni la seguridad.
  Requisitos técnicos y de certificación
  • Se establecen requisitos mínimos de desempeño, seguridad, eficiencia energética, etiquetado, información técnica y ensayos para cada categoría de producto (bombillas, luminarias, drivers, sensores, etc.).
  • Se definen procedimientos y criterios para la certificación de productos, instalaciones y personas, incluyendo formatos y métodos de medición de iluminancia y luminancia.
  • Se exige la declaración de cumplimiento y dictamen de inspección para instalaciones nuevas, expandidas o modernizadas, especialmente en alumbrado público, túneles, hospitales, instituciones educativas y escenarios deportivos.
  • Se exige la elaboración de planes de mantenimiento preventivo y correctivo, así como la revisión periódica de las instalaciones.
  El incumplimiento de los requisitos del RETILAP puede ser sancionado conforme a la legislación colombiana, incluyendo la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), Ley 142 de 1994 (Servicios Públicos).   Ver anexo   <-- Importante su revision.   Se reciben comentarios hasta el 26 de noviembe
MinEnergía, Proyecto de Resolución, 11-nov-2025

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