Autoriza la participación de sociedades fiduciarias y comisionistas de bolsa en el capital de las sociedades matrices resultantes de la integración de bolsas de valores

MinHacienda ajusta los requisitos de operación y liquidación de vehículos de inversión colectiva, autorizando la participación de las sociedades fiduciarias y de las sociedades comisionistas de bolsa en el capital de las sociedades matrices nacionales o internacionales resultantes de la integración de bolsas de valores. De la norma destaca:
  1. Todo FIC en operación deberá tener un patrimonio mínimo superior a 39.500 UVT (antes 2.600 SMLMV).
  2. Dispone un periodo de transición de 60 días (máximo 90) en caso de que circunstancias imprevistas o imprevisibles produzcan reducción del patrimonio mínimo.
MinHacienda, Decreto 1387 de 2022

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