Proyecta modificaciones en materia de financiación colaborativa

Minhacienda, con el fin de continuar viabilizando el acceso a productos de financiamiento para algunos secotres de la economía como las pequeñas y medianas empresas, pretende modificar el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la financiación colaborativa de proyectos productivos a través de valores. De su contenido se destaca:
  • Se incluyen los establecimientos de crédito de naturaleza especial, las sociedades especializadasen depósitos y pagos electrónicos dentro de la lista de entidades autorizadas para prestar servicios mediante corresponsales.
 
  • Se Establecen las modalidades de servicios que pueden prestar las entidades que desarrollen la actividad de financiación colaborativa a través de corresponsales.
 
  • Los patrimonios autónomos, fondos de inversión colectiva cerrados, fondos de capital privado y los procesos de titularización solo podrán acceder a financiación a través de plataformas de financiación colaborativa mediante la modalidad de valores representativos de deuda.
 
  • Las entidades que realicen la actividad de financiación colaborativa contarían con un término máximo de 3 días para reportar la información a los operadores de información financiera.
 
  • Las entidades que realicen la actividad de financiación colaborativa podrán, a través de un espacio particular establecido en su plataforma, prestar el servicio de publicidad para que los aportantes titulares de los valores de financiación colaborativa informen las ofertas de compra y venta de estos.
 
MinHacienda, Decreto 2105 de 2023, 05-dic-2023

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