Proyecta reglamentación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora de pago hasta el 31 de diciembre de 2023
Pretende reglamentar el artículo 338 de la Ley 2294 de 2023, estableciendo el procedimiento y las gestiones que deben adelantar las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación (PGN) para reconocer como deuda pública, y pagar con cargo al servicio de la deuda las sentencias o conciliaciones judiciales debidamente ejecutoriadas y los intereses derivados de estas, que se encontraran en mora de pago hasta el 31 de diciembre de 2023. Disposiciones de Interés- Autorización expresa para que la Nación reconozca y pague como deuda pública sentencias y conciliaciones en mora.
- Suspensión temporal de intereses como incentivo a la celebración de acuerdos de pago.
- Separación clara entre liquidación de obligaciones, reconocimiento como deuda pública y ejecución material del pago.
- Traslado del pago a un esquema de servicio de deuda, con obligación de retribución futura por parte de la entidad estatal.
- Uso obligatorio del SIIF Nación para el registro y dispersión de pagos.
- Establecimiento del Acuerdo Marco de Retribución como instrumento clave de sostenibilidad fiscal.
