Proyecta reglamentación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora de pago hasta el 31 de diciembre de 2023

Pretende reglamentar el artículo 338 de la Ley 2294 de 2023, estableciendo el procedimiento y las gestiones que deben adelantar las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación (PGN) para reconocer como deuda pública, y pagar con cargo al servicio de la deuda las sentencias o conciliaciones judiciales debidamente ejecutoriadas y los intereses derivados de estas, que se encontraran en mora de pago hasta el 31 de diciembre de 2023. Disposiciones de Interés
  • Autorización expresa para que la Nación reconozca y pague como deuda pública sentencias y conciliaciones en mora.
  • Suspensión temporal de intereses como incentivo a la celebración de acuerdos de pago.
  • Separación clara entre liquidación de obligaciones, reconocimiento como deuda pública y ejecución material del pago.
  • Traslado del pago a un esquema de servicio de deuda, con obligación de retribución futura por parte de la entidad estatal.
  • Uso obligatorio del SIIF Nación para el registro y dispersión de pagos.
  • Establecimiento del Acuerdo Marco de Retribución como instrumento clave de sostenibilidad fiscal.
Se recibirán comentarios hasta el 6 de mayo de 2026.
(MinHacienda, Proyecto de Decreto, 22-abr-26)

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