Proyecta modificaciones a las normas prudenciales, de reclasificación y el régimen de operaciones de los Fondos de Empleados
Actualizaría el régimen prudencial aplicable a los Fondos de Empleados (FE), especialmente en lo relacionado con normas prudenciales, reclasificación y régimen de operaciones. Busca fortalecer la protección de los asociados y la estabilidad del sector solidario, alineando la regulación con estándares internacionales y la evolución de las organizaciones. Disposiciones relevantes- Clasificación de Fondos: Se establecen categorías para los FE según el monto de activos, diferenciando obligaciones y controles para cada una.
- Normas Prudenciales: Los FE deben cumplir reglas sobre patrimonio mínimo, gestión de riesgos (crédito, mercado, operacional), límites de concentración de operaciones y aportes, y reglas de solvencia.
- Operaciones Autorizadas: Se detallan las operaciones permitidas, como captación de ahorros, otorgamiento de créditos, inversiones y otras actividades financieras.
- Gestión de Riesgos: Se exige la implementación de sistemas de administración de riesgos, con indicadores y metodologías específicas para cada tipo de riesgo. La exigencia de sistemas robustos de administración de riesgos implica inversiones en tecnología y capacitación.
- Reportes y Supervisión: Los FE deben reportar periódicamente a la Superintendencia de la Economía Solidaria y cumplir con auditorías y controles internos.
- Límites de Concentración: Se establecen límites estrictos para la concentración de créditos y aportes, lo que puede modificar la política crediticia y de inversión de los FE.
- Garantías y Seguridades: Se regulan las garantías admisibles para operaciones de crédito, restringiendo el uso de ciertas garantías y estableciendo criterios claros para su aceptación.
