Proyecta ajuste del costo de los activos fijos para la determinación de la renta o ganancia ocasional
Los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2025, en el cinco coma ochenta y uno por ciento (5,81%) de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Estatuto Tributario. Costo fiscal para determinar renta o ganancia ocasional Para enajenaciones de bienes raíces, acciones o aportes con carácter de activos fijos en 2025, las personas naturales pueden elegir entre: Opción 1 — Método histórico (1986): Multiplicar el costo fiscal declarado en 1986 por un factor actualizado:- Acciones/aportes: 55,27
- Bienes raíces urbanos: 443,02
- Bienes raíces rurales agropecuarios: 429,25
- Bienes raíces rurales no agropecuarios: 437,46
