Se dictan las normas fiscales necesarias y las demás relativas al funcionamiento de los territorios indígenas

El Decreto 0488 de 2025 establece el marco normativo para la puesta en funcionamiento de los Territorios Indígenas como entidades político-administrativas especiales, reconociendo su autonomía, estructuras de gobierno propio y competencias en sectores clave como salud, educación, ordenamiento territorial y saneamiento básico.     Algunas obligaciones Para entidades públicas y privadas que interactúan con Territorios Indígenas:  
  • Respetar la autonomía y jurisdicción especial indígena.
  • Coordinar acciones conforme a los principios de concurrencia, subsidiariedad e interdependencia.
  • Ajustar normativas y procedimientos para garantizar la efectividad del sistema de conocimiento propio de cada pueblo indígena.
  • Reconocer y respetar los sistemas normativos propios en asuntos internos (Art. 246 CP).
    Para los Territorios Indígenas:
  • Formalizar competencias mediante acuerdo intercultural protocolizado por el Ministerio del Interior.
  • Presentar Plan de Vida como eje de planeación y ejecución.
  • Administrar recursos del SGP, SGR y otras fuentes conforme a principios de transparencia y eficiencia.
  Aspectos relevantes  
  • El ejercicio de competencias con relación a los Sistemas Propios de los Pueblos Indígenas, tales como el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP), el Sistema Indígena de Salud Propio Intercultural (SISPI), entre otros, atenderán la normativa que se adopte por parte del Territorio Indígena con arreglo a lo dispuesto en las normas especiales vigentes.
 
  • Los Territorios Indígenas podrán definir políticas de salud propias, ejecutar recursos y establecer mecanismos de control social.
 
  • Se reconoce la coexistencia de normas propias indígenas con el ordenamiento jurídico nacional.
 
  • Los procedimientos, ajustes normativos y administrativos necesarios que conduzcan a la efectiva materialización del presente decreto se construirán de manera concertada con la Mesa Permanente de Concertación en un plazo no mayor a 6 meses.
MinInterior, Decreto 0488 de 2025, 5-mayo-2025

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