Proyecta ajustes sobre el reparto de tutelas contra actuaciones u omisiones del Presidente de la República

El proyecto propone modificar las reglas de reparto de las acciones de tutela previstas en el Decreto 1069 de 2015. Plantea que las tutelas dirigidas contra las actuaciones u omisiones del Presidente de la República en ejercicio de sus funciones sean repartidas en primera instancia al Consejo de Estado. Las tutelas contra otras autoridades, organismos o entidades públicas del orden nacional continuarían repartiéndose a los jueces del circuito o con igual categoría.  
Algunas de las disposiciones que proyecta establecer:
  • Las tutelas contra actuaciones u omisiones del Presidente de la República serían repartidas al Consejo de Estado en primera instancia.
  • Las tutelas contra entidades públicas del orden nacional continuarían repartiéndose a jueces del circuito o con igual categoría.
  • Las reglas sobre impugnaciones continuarían rigiéndose por el Decreto Ley 2591 de 1991 y las disposiciones internas aplicables.
Aspectos de interés:
  • Modificaría el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015.
  • La modificación se limitaría al reparto de tutelas contra actuaciones u omisiones del Presidente de la República en ejercicio de sus funciones.
  • Las solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor continuarían su trámite bajo las reglas vigentes al momento de su radicación.
Fechas y plazos:
  • Aplicaría a las tutelas presentadas a partir de la entrada en vigencia del decreto.
  • Las solicitudes radicadas con anterioridad no serían redistribuidas por efecto de la modificación.
Vigencia: Regiría a partir de su publicación en el Diario Oficial y modificaría el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015.
  Se reciben comentarios hasta el 23 de septiembre 2026
Ministerio de Justicia y del Derecho, Proyecto de Decreto

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