Instrucciones para garantizar las acciones de prevención-atención integral, vigilancia y disponibilidad de antivenenosos para atender los accidentes ofídicos en el territorio nacional

Se imparten instrucciones de cara a la atención de accidentes ofídicos en el territorio nacional. De su contenido destaca:
  • Las IPS con servicios de urgencias deberán, entre otras cosas: i) contar con un procedimiento documentado para la atención de dichos accidentes, ii) tener siempre disponibilidad de suero antiofídico con registro sanitario o autorización INVIMA y iii) prestar la atención integral a todos los pacientes con accidente ofídico, usando anti-veneno en los casos que se requiera.
  • Las EPS deberán, entre otras cosas: i) confirmar la disponibilidad de suero antiofídico en todos los prestadores de su red, ii) apoyar procesos de generación de capacidad institucional a través de protocolos y guías de atención, iii) comunicar a sus afiliados la red de servicios disponible para atender el accidente.
  • Las ARL deberán, entre otras cosas, suministrar asistencia técnica a las empresas afiliadas, para el control del riesgo laboral por accidente ofídico.
Ministerio de Salud, Circular 0048 de 2022, 24-oct-22

Descargue la norma