Busca adoptar adoptar el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo
Por medio del presente Proyecto de Decreto se busca sustituir integralmente el Decreto 1599 de 2022, incorporado en el Decreto 780 de 2016, relativo a la Política de Atención Integral en Salud. El proyecto se centra en el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo como política de salud del Estado, un instrumento para la planificación, implementación, monitoreo y evaluación de acciones que garanticen el derecho fundamental a la salud. Principales obligaciones:- Actores del SGSSS: Adecuar progresivamente su operación al Decreto en un plazo máximo de un año, ajustando su funcionamiento al Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo (MSPPR), su articulación a las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), y al nuevo enfoque territorial, diferencial e intersectorial.
- Entidades Territoriales: Adoptar, implementar, monitorear y evaluar el MSPPR. Coordinar con las EPS y los Prestadores de Servicios de Salud la planificación y organización de la respuesta en el marco del MSPPR mediante la territorialización en salud en armonía con los modelos interculturales de las comunidades étnicas.
- EPS y Prestadores de Servicios de Salud: Coordinarse para gestionar e implementar acciones que integren el plan de intervenciones colectivas, el plan de beneficios en salud y la oferta de otros sectores y actores mediante acuerdos de gestión.
- Minsalud, Entidades Territoriales, EPS y Prestadores de Servicios de Salud: Implementar mecanismos que permitan la formalización laboral en el sector salud, iniciando por quienes hacen parte del nivel primario de la RIITS. Implementar mecanismos para la integración y agregación de datos de diversas fuentes.
- Actores del sistema de salud: Desarrollar estrategias para fortalecer el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad de la Atención en Salud (SOGCS), como instrumento esencial para garantizar el derecho fundamental a la salud.
- Conformación de las RIITS: Serán conformadas y organizadas por las Entidades Territoriales, en coordinación con las EPS y los prestadores de servicios para asegurar el acceso a los servicios de salud. Estarán constituidas por un nivel primario, con los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) y Equipos de Salud Territorial, y un nivel complementario de mediana y alta complejidad.
- Lineamientos para CAPS: Minsalud definiría, en un plazo máximo de seis meses, los lineamientos con las tipologías de referencia, requisitos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud públicos, privados y mixtos del nivel primario para organizarse funcionalmente como CAPS.
- Financiación del MSPPR: El MSPPR se financiará con recursos del Sistema de Salud, administrados por ADRES, y del Sistema General de Participaciones (SGP).
Derogatorias y modificaciones: Busca modificar los artículos 2.3.3.8.4.1.4 y 2.3.3.8.4.1.5 del Decreto 780 de 2016, sustituye la parte 11 de dicho Decreto y deroga las normas que sean contrarias.
Se reciben comentarios hasta el 10 de mayo
Ministerio de Salud y Protección Social, Proyecto de Decreto, 25-abril-2025
Descargue el Proyecto de Decreto