Proyecta articulación de parter@s y prácticas de parterías tradicionales y ancestrales a el sistema de salud
Proyecto que reconocería los mecanismos para articular a las parteras y parteros y sus prácticas tradicionales/ancestrales al sistema de salud y a los modelos propios e interculturales de pueblos indígenas y comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Se fundamenta en la Sentencia T-128 de 2022, la Ley 1751 de 2015 y el Decreto Ley 480 de 2025 (SISPI). Aplicaría a entidades territoriales, EPS, IPS, instituciones propias en salud, Organizaciones de Base Comunitaria (OBC) y parteras/parteros y sus asociaciones. Algunas de las obligaciones:- EPS, IPS y actores del sistema: realizarían adecuaciones socioculturales y técnicas en la Ruta Materno Perinatal y en la de Promoción y Mantenimiento de la Salud (equipos extramurales, ajuste de protocolos, adecuación de espacios).
- Contratación (5.2): EPS, red de prestación y entidades territoriales podrían vincular parteras con recursos de intervenciones individuales, acciones de gestión e intervenciones colectivas.
- OBC (5.3): las organizaciones de parteras deberían obtener personería jurídica, de forma progresiva, para celebrar acuerdos con Entidades Responsables de Pago o IPS (Resolución 2628 de 2025).
- Compensación económica: las parteras vinculadas o articuladas como OBC deberían recibir pago según las funciones contratadas.
- IPS (Art. 6): atención oportuna y sin demoras a gestantes referidas por parteras, incluidas emergencias obstétricas; las parteras se considerarían talento humano en salud propio, no personal voluntario.
- Fortalecimiento de competencias interculturales del talento humano en inducción, reinducción y formación continua.
- Reconocería las parterías indígenas dentro del SISPI y las Negras, Afro, Raizales y Palenqueras conforme a la Resolución 1964 de 2024.
- Caracterización participativa y registro nacional voluntario, que no sería requisito de autorización, certificación ni habilitación, ni exigiría títulos académicos.
- Parteras como primera respuesta en emergencias y en certificación de nacimientos fuera de instituciones (formato DANE).
- El Ministerio establecería monitoreo y seguimiento con los actores del ámbito de aplicación.
Ministerio de Salud y Protección Social, Proyecto de Resolución)
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