Proyecto que aplaza la entrada en PILA del cotizante con permanencia en el régimen subsidiado

El proyecto modificaría los numerales 5.87 y 5.91 del Capítulo 5 del Anexo Técnico 2, «Aportes a Seguridad Social de Activos», de la Resolución 2388 de 2016, que regula la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Esos numerales fijan cuándo deben los Operadores de Información incorporar en la PILA el tipo de cotizante «75 – Dependiente con permanencia en el Régimen Subsidiado» y sus validaciones. Ese tipo de cotizante fue creado por la Resolución 1529 de 2026 para el recaudo de aportes de los trabajadores que permanecen en el régimen subsidiado según la Resolución 611 de 2026. Con el proyecto, la implementación pasaría del 1 de noviembre de 2026 al 1 de marzo de 2027. Según el texto, el cambio responde a solicitudes de varias EPS y de la ADRES, y a pedidos de aclaraciones operativas de los Operadores de Información sobre la parametrización del cotizante 75.  
Algunas de las obligaciones:
• Los Operadores de Información deberían implementar, para los pagos que hagan los aportantes desde el 1 de marzo de 2027, estos cambios en los campos y aclaraciones de la planilla:
  • campo «5 – Tipo de cotizante»;
  • campo «81 – Fecha de retiro»;
  • aclaraciones del tipo de planilla «E – Planilla empleados». • En esa misma fecha deberían implementar los ajustes a las reglas de validación del cotizante 75 frente a:
  • subsistema;
  • tipo y clase de aportante;
  • tipo de planilla;
  • subtipo de cotizante;
  • tipo de novedad. • También deberían implementar el nuevo numeral 28, «Reporte de información de afiliados con permanencia en el Régimen Subsidiado», del capítulo 4 «Validación coherencia datos».
 
Fechas y plazos:
  • Del 26 al 29 de octubre de 2026: publicación del proyecto para observaciones.
  • 1 de marzo de 2027: implementación del cotizante 75 y sus validaciones, para los pagos del período de cotización de marzo de 2027.
 
Vigencia:  Regiría a partir de su publicación en el Diario Oficial y modificaría los numerales 5.87 y 5.91 del Capítulo 5 del Anexo Técnico 2 de la Resolución 2388 de 2016
Se reciben comentarios hasta el 28 de octubre de 2026
Ministerio de Salud y Protección Social, Proyecto de Resolución

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