Ampliación transitoria del plazo para el reporte de enfermedad renal crónica, hipertensión arterial y diabetes mellitus en 2026
La resolución modifica transitoriamente la fecha para que las Entidades Promotoras de Salud, EPS, y las demás entidades obligadas a compensar reporten a la Cuenta de Alto Costo la información sobre enfermedad renal crónica, ERC, y sus enfermedades precursoras: hipertensión arterial y diabetes mellitus. La ampliación aplica exclusivamente al reporte correspondiente a la vigencia 2026 y no modifica las demás condiciones técnicas establecidas para su presentación.Algunas de las obligaciones:
- Las EPS y demás entidades obligadas a compensar deben efectuar el reporte mediante el aplicativo web de la Cuenta de Alto Costo.
- El reporte debe incluir la información correspondiente a la medición realizada entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
- Las entidades deben mantener las condiciones, variables, estructura, contenido técnico y periodo de medición establecidos para el reporte.
Aspectos de interés:
- La modificación únicamente amplía, de manera excepcional, el plazo del reporte correspondiente a la vigencia 2026.
- La ampliación no exonera a las entidades de la obligación de reportar la información.
- No se modifican las variables, la estructura, el contenido técnico, las demás condiciones ni el periodo de medición del reporte.
- La información continúa presentándose conforme al anexo técnico que hace parte de la Resolución 2463 de 2014.
Fechas y plazos:
- 1 de julio de 2025 a 30 de junio de 2026: periodo de medición de la información que debe reportarse.
- 30 de septiembre de 2026: nueva fecha máxima para presentar el reporte de la vigencia 2026 ante la Cuenta de Alto Costo.
