Actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales

MinTrabajo actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales, que aplicará para todos los afiliados al SGRL, a las ARL y a los operadores de PILA; la norma exceptúa a los trabajadores independientes voluntarios, a los que le aplicará la Tabla de Clasificación de ocupaciones u Oficios más representativos. De la norma destaca:
  1. Posibilita a las empresas con más de un centro de trabajo la cobertura de distintas clases de riesgo para cada centro de trabajo.
  2. Para los casos en los que una actividad no se encuentre en la tabla, la empresa y la ARL efectuarán la clasificación de acuerdo con la actividad más afín.
  3. Las ARL deberán capacitar y asesorar a sus afiliados sobre la implementación de la nueva tabla. En los 60 días siguientes a la entrada en vigor de la norma las ARL entregarán a MinSalud y MinTrabajo un documento con el plan de trabajo para este fin.
  4. Consagra un periodo de transición de 6 meses.
Ministerio del Trabajo, Decreto 768 de 2022

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