Prohibición de intermediación del usuario en el trámite administrativo de autorización para el acceso a los servicios de salud y tecnologías en salud
Elimina barreras administrativas que impidan el acceso efectivo a los servicios de salud, prohibiendo expresamente que los usuarios (afiliados o pacientes) participen en el trámite de autorizaciones ante las Entidades Responsables de Pago (ERP) y demás actores del sistema. Obligaciones de Cumplimiento Normativo- Eliminar la exigencia de autorización en eventos definidos por la normativa vigente.
- Cuando se requiera autorización, el trámite debe ser realizado exclusivamente por el prestador o proveedor ante la ERP.
- Incluir en los acuerdos contractuales mecanismos expeditos para la gestión de autorizaciones.
- Usar los campos de datos definidos en el Anexo Técnico No. 1 de la Resolución 2335 de 2023 (modificada por la Resolución 1886 de 2024).
- Ajustar procesos administrativos y operativos para garantizar la gestión sin participación del usuario.
- Atención de urgencias
- Atención integral del cáncer infantil y de adultos
- Atención del VIH/SIDA
- Servicios definidos en las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS)
- Eventos priorizados por análisis de situación en salud o política pública