Lineamientos para garantizar el flujo de recursos a la red pública hospitalaria en aplicación del Giro Directo de las EPS bajo medida de vigilancia especial de intervención
El Ministerio de Salud y Protección Social impartió lineamientos dirigidos a asegurar el flujo oportuno y efectivo de recursos a la red pública hospitalaria, mediante el mecanismo de giro directo, respecto de las EPS y Entidades Obligadas a Compensar que se encuentren bajo medida especial de vigilancia o intervención para administrar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Aspectos de interés:- Se ordena priorizar la red pública hospitalaria en la postulación mensual del giro directo realizada por las EPS y entidades intervenidas.
- La ADRES, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Salud, deberá verificar el cumplimiento de la postulación priorizada.
- En caso de incumplimiento, la ADRES devolverá la postulación y exigirá su reformulación en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
- Una vez reformulada la postulación, la ADRES continuará con el trámite del giro directo, conforme al Decreto 780 de 2016 y demás normas aplicables.
- El incumplimiento de los lineamientos dará lugar a la adopción de medidas sancionatorias por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de sus competencias legales.
