Instrucciones para el reporte de prescripción y monitoreo en MIPRES de medicamentos para el VIH.

Minsalud imparte instrucciones para el reporte de prescripción y monitoreo en MIPRES de medicamentos antirretrovirales indicados en el tratamiento para el virus de la inmunodeficiencia humana - VIH - incluidos en la financiación con recursos de la unidad de pago por capitación-UPC. De su contenido se destaca:
  • Las IPS deberán, entre otras cosas:
  1. Realizar el registro de las prescripciones de los medicamentos financiados con la UPC que contengan las DCI enlistadas previamente en esta circular.
  2. Prescribir a través del MIPRES los medicamentos antirretrovirales objeto de monitoreo.
  • Las EPS deberán, entre otras cosas:
  1. Garantizar a sus afiliados la provisión efectiva de lo prescrito por el profesional de la salud.
  2. sus relaciones con los prestadores de servicios de salud de conformidad con lo establecido en los acuerdos de voluntades y normas aplicables.
Minsalud, Circular Externa 06 de 2025, 24-feb-25

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