Modifica el régimen para el cobro de copagos y cuotas moderadoras

MinSalud modifica el régimen aplicable para que las EPS efectúen cobros por concepto de pagos compartidos o copagos y cuotas moderadoras a los afiliados cotizantes y sus beneficiarios en el régimen contributivo, y a los afiliados del régimen subsidiado. De la norma destaca:
  1. El IBC para el cálculo de copagos y cuotas moderadoras será el reportado al momento de la prestación de los servicios de salud.
  2. Cuando exista más de un cotizante por núcleo familiar se tomará el menor IBC.
  3. Se establece el listado de servicios sujetos al cobro de cuotas moderadoras o copagos, y aquellos exceptuados. A su vez, consagra las poblaciones especiales en ambos regímenes.
  4. Se otorga a las EPS cierta autonomía para definir la frecuencia de aplicación de cuotas moderadoras y copagos.
  5. EPS deberá registrar las cuotas moderadoras y copagos.
MinSalud, Decreto 1652 de 2022

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