Fijación de los lineamientos para la puesta en marcha del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud, en el marco del SGSSS

Establece los lineamientos encaminados a la puesta en marcha del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud, a que refiere el artículo 98 de la Ley 1438 de 2011, como instrumento para facilitar la formación continua del talento humano en salud, partícipe del servicio de salud, prestado en el contexto del SGSSS, con el objetivo de optimizar el desempeño e idoneidad de dicho talento humano, y promover su desarrollo personal y ocupacional, que redunde en la calidad de los servicios de salud recibidos por los usuarios del Sistema. De su contenido se destaca:
  1. Se establecen los objetivos y participantes del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud.
  2. Fija las condiciones a cumplir por parte de los interesados en ofrecer y desarrollar acciones de formación continua.
  3. Establece los lineamientos pedagógicos, conceptuales y de calidad que deben tenerse en cuenta en el diseño y la implementación del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud.
  4. Las EPS, IPS y las administradoras de planes voluntarios de salud, entre otros, elaborarán Planes Institucionales de Formación Continua.
  5. El primer Plan Institucional de Formación Continua deberá elaborarse a más tardar el 31 de diciembre del año 2022, e iniciar su ejecución 6 meses después de su elaboración.
(MinSalud, Decreto 376 de 2022, 16-mar-22)

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