Modifica el procedimiento para la liquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores independientes por cuenta propia, y con contratos diferentes a la prestación de servicios personales

Modifica el procedimiento para la liquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores independientes por cuenta propia, y los trabajadores independientes con contratos diferentes a la prestación de servicios personales que impliquen subcontratación y/o compra de insumos o expensas. Disposiciones de interés Procedimiento para liquidación de aportes Para la liquidación de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, los trabajadores independientes deben:
  • Determinar el ingreso bruto.
  • Descontar los costos asociados a la actividad económica, mediante alguna de las siguientes alternativas:
  • Descontar los costos reales, conforme a lo previsto en el artículo 107 y siguientes del Estatuto Tributario y demás normas que regulen las expensas, cumpliendo con los requisitos de validez de los soportes; o
  • Aplicar el esquema de presunción de costos determinado por la UGPP, mediante resolución, según la actividad económica.
  • Calcular y efectuar los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral sobre el ingreso resultante.
(MinSalud, Decreto 379 de 2026, 07-abr-26)

Descargue la norma