Reglamenta la vigilancia de los eventos adversos posteriores a la vacunación contra el COVID-19

MinSalud desarrolla las competencias frente a la vigilancia de los eventos adversos posteriores a la vacunación de contra el COVID-19 y reglamenta el Consejo de Evaluación COVID-19. Del Decreto resalta:
  1. Las IPS que atiendan reacciones adversas a la vacuna contra el COVID-19 las deben clasificar los eventos como leves o graves y reportarlo ante el INVIMA por medio de Vigiflow; y, en caso de que sea grave, reportarlo a la secretaría de salud correspondiente.
  2. Reglamenta la composición y las funciones del Comité de Expertos nacional y territorial; y, establece el funcionamiento del Consejo de Evaluación de las Reacciones Adversas a la Vacuna contra el COVID-19.
  3. Establecen las acciones que las IPS, las EPS, las ET, el INS, el INVIMA y el MinSalud deben realizar en el marco de la vigilancia de los eventos adversos posteriores a la vacunación contra el COVID-19.
MinSalud, Decreto 601 de 2021

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