Proyecta condiciones para la asignación y depuración de los documentos temporales de Adulto y Menor sin identificar (AS y MS) que se encuentran en la BDUA

Establecería las condiciones para la depuración de los registros que se encuentran en la Base de Datos Única de Afiliados – BDUA, correspondientes a los tipos de documento adulto sin identificar (AS) y menor sin identificar (MS), y las reglas para la disposición de estos tipos de documentos, cuando proceda. De su contenido se destaca:
  1. Establece las especificaciones del documento de identidad AS y MS de las poblaciones especiales.
  2. Fija el procedimiento para la depuración de los AS y MS en la BDUA.
  3. EPS no deberán incluir, reportar ni mantener en los listados censales y en la BDUA, documentos temporales para personas que cuentan con un documento válido de acuerdo con la Registraduría Nacional.
  4. Mientras se adelanta el proceso de depuración de los registros presuntamente inconsistentes en la BDUA, y hasta tanto el mismo concluya, las EPS deberán garantizar el acceso a los servicios de salud de estos afiliados y la ADRES reconocerá los valores de la UPC correspondiente.
Se recibirán comentarios hasta el 12 de julio de 2022.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 30-jun-22)

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