Proyecta modificar la Resolución 2284 en lo relacionado con la articulación del RIPS.

Minsalud pretende modificar el artículo 12 de la Resolución 2284 de 2023 estableciendo una serie de reglas frente a la entrada en vigencia de la Resolución 2275 de 2023. De su contenido se destaca:
  • Entrada en vigencia: Se mantiene para los servicios prestados o facturados a partir del 01 de abril de 2024.
 
  • Soporte 1 del Anexo Técnico No. 1 | Factura de Venta en Salud: Deberá cumplir con las disposiciones que establezca la DIAN.
 
  • soporte 14 del Anexo Técnico No. 1 | RIPS: Deberá cumplir con las disposiciones 3374 de 2000 y la 951 de 2002.
 
  • Causales de glosas DE56 | No radicación de la factura dentro de los 22 días siguientes a la expedición de factura y SO61 | RIPS: solo podrán ser formulados hasta tanto inicie la Resolución 2275 de 2023.
 
  • Causal de glosas SO21 y AU: estarán sujetas a la información contenida en los campos del trámite de solicitud y respuesta de la autorización, en los casos que aplica, de conformidad con el Anexo Técnico No. 1 de la Res. 2335 de 2023.
 
  • Numeral 2 del Anexo Técnico No. 3 de la Res. 2284 de 2023 | Registro de la Información Transaccional: Deberá implementarse registrando la información transaccional dispuesta en los canales de relacionamiento.
Se reciben comentarios hasta el 22 de marzo de 2024.    
Minsalud, Proyecto de Resolución, 18-mar-24

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