Proyecta la obligatoriedad del reporte de los seguimientos a niños y niñas con desnutrición aguda en el aplicativo “seguimiento a la desnutrición aguda” del SISPRO

Establecería obligatoriedad de reporte en el SISPRO con el fin de evidenciar la evolución del estado nutricional de los niños y niñas con desnutrición aguda y que su manejo este acorde con lo establecido en el lineamiento técnico para el manejo integral de la desnutrición aguda, moderada y severa en niños de cero (0) a 59 meses de edad. De su contenido se destaca:
  1. Aplica para EPS, EAPB e IPS, entre otros.
  2. EAPB deberán reportar de forma obligatoria los seguimientos a niños y niñas en el aplicativo “seguimiento a la desnutrición aguda” del SISPRO acorde a los tiempos definidos en la Resolución 2350 de 2020, hasta lograr el peso adecuado para la talla-longitud.
  3. Para el caso de los niños y niñas en manejo hospitalario, el reporte del seguimiento se deberá hacer cada 72 horas y el día de egreso.
  4. IPS deberán garantizar oportunamente y con calidad, los insumos requeridos por parte de las EAPB para el reporte de los seguimientos en los tiempos establecidos.
Se recibirán comentarios hasta el 25 de abril de 2024.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 11-abr-24)

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