Proyecta creación, operación, habilitación y evaluaciòn de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud- RIITS

Minsalud proyecta disposiciones para la conformación, organización, habilitación, operación, seguimiento y evaluación de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS) como parte del nuevo modelo de salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. Aplicaria a: Prestadores de servicios de salud, EPS, ARL, IPS, Proveedores de tecnologías en salud, demás instituciones involucradas en la garantía del derecho a la salud.  
Algunas obligaciones de cumplimiento
  • Manifestar por escrito su voluntad de hacer parte de la RIITS en el respectivo territorio.
  • Conformar y organizar las RIITS según criterios técnicos, necesidades territoriales y atributos definidos.
  • Participar en el nuevo Comité de Coordinación de la RIITS, que incluye representantes de EPS, ARL, IPS, proveedores de tecnología, usuarios, comunidad y academia.
  • Garantizar la operación efectiva de la red, tanto en el nivel primario, como complementario.
  • Implementar sistemas de información interoperables y la historia clínica electrónica compartida.
  • Suscribir acuerdos de voluntades para la prestación de servicios y tecnologías en salud.
  • Monitorear y reportar indicadores de acceso, cobertura, calidad y satisfacción definidos por el Ministerio.
  • Participar en procesos de referencia y contrarreferencia.
  • Adoptar el SI-APS (Sistema Integrado de Información de Atención Primaria en Salud).
 
Aspectos de interés
  • RIITS estarían conformadas por un 2 niveles: nivel primario (servicios básicos y medianos) y complementario (servicios especializados, alta tecnología).
  • Enfoque territorial/equidad: Los servicios deberian adaptarse a la cultura, geografía y necesidades locales.
  • Red pública fortalecida: Las IPS públicas serian la base del nivel primario y deberían ser priorizadas.
 
Fechas y plazos
  • Vigencia: A partir de la fecha de su expedición.
  • Vigencia de la habilitación de las RIITS: 4 años desde la expedición del certificado de habilitación.
  • Las RIITS se autoevaluarían trimestralmente durante los primeros 10 días del mes siguiente al inicio de su operación, y serán evaluadas anualmente por el Ministerio de Salud en los primeros tres meses del año siguiente.
  • Seguimiento y evaluación: Minsalud definiría lineamientos de seguimiento en máximo 6 meses desde la expedición de la resolución.
  • Período de transición: Hasta que la RIITS esté habilitada, se debería seguir prestando servicios bajo la Resolución 1441 de 2016, garantizando la continuidad.
 
Sanciones: La SuperSalud se encargaría de hacer inspección, vigilancia y control del cumplimiento de esta resolución.
Derogatorias: Se derogaría la Resolución 1441 de 2016
Se reciben comentarios hasta el 3 de octubre 2025
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Minsalud, Proyecto de Resoluciòon

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