Proyecta las responsabilidades de los agentes involucrados en el Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial (SIIFA), los manuales, su estructura y obligatoriedad V.2.
Pretende definir las responsabilidades de los agentes del sector salud frente al registro de información en el SIIFA, establecer los manuales técnicos y funcionales, su estructura mínima, la obligatoriedad de uso, y dictar disposiciones para su implementación y operación. 6Obligaciones de cumplimiento normativo Agentes involucrados: Entidades Responsables de Pago (ERP) y demás pagadores:- Registrar acuerdos de voluntades, facturas, auditorías, pagos, glosas y respuestas.
- Usar procesos informáticos de interoperabilidad.
- Verificar y registrar aceptación o rechazo de acuerdos.
- Transmitir respuestas a glosas y devoluciones.
- Grupo 1 (EPS no sujetas a medidas administrativas) inicia en septiembre de 2025.
- Grupo 2 (EPS sujetas a medidas, entidades territoriales, ARL, ADRES, etc.) inicia en abril de 2026.
- Registro de contratación:
- Sensibilización y pruebas → agosto/septiembre
- Operación → octubre (Grupo 1), mayo (Grupo 2)
- Factura Electrónica de Venta (FEV) – RIPS:
- Operación → noviembre (Grupo 1), junio (Grupo 2)
- Seguimiento a facturas:
- Operación → enero 2026 (Grupo 1), agosto 2026 (Grupo 2)
- Seguimiento a pagos:
- Operación → febrero 2026 (Grupo 1), septiembre 2026 (Grupo 2)
- SIIFA será el canal oficial para registrar contratos, facturas, glosas, respuestas y pagos.
- Se establecen manuales técnicos y funcionales para cada módulo.
- Se exige autenticación vía SISPRO y cumplimiento de protocolos de seguridad.
- Se garantiza la protección de datos personales conforme a la Ley 1581 de 2012.
- Se habilita una mesa de ayuda técnica para soporte.
- Se establece un Comité Técnico para coordinar la implementación.
