Proyecta condiciones para el otorgamiento de garantías financieras a IPS por parte de la ADRES
Minsalud pretende establecer los términos, condiciones y plazos para el otorgamiento de garantías financieras a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) como instrumento que permita a las IPS el acceso a créditos formales otorgados por las entidades financieras vigiladas por la SuperFinanciera.Aplica a IPS públicas, privadas o mixtas y a ADRES
Aspectos de interés
- Se establecerían los requisitos y condiciones para el otorgamiento de la garantía a las IPS, entre los cuales se encuentran: Las IPS deben estar habilitadas en el REPS, contar con autorización de su Junta Directiva para adquirir créditos, no tener vínculos con EPS, y cumplir requisitos financieros, técnicos y jurídicos definidos por la ADRES.
- Se incluirían aquellas IPS que se encuentren bajo medida administrativa de intervención forzosa para administrar o vigilancia especial por parte de la Supersalud, siempre que acrediten su viabilidad operativa y financiera
- Se excluirían aquellas IPS con sanciones vigentes, en liquidación, disolución o asociación, o que hayan suministrado información falsa.
Otros aspectos relevantes
- La ADRES definirá mediante resolución los formatos, especificaciones técnicas y operativas para el otorgamiento de garantías.
- La ADRES implementará un sistema integral que incluye: Publicación periódica de garantías vigentes, revisión semestral del portafolio, informes anuales al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud.
