Proyecta procedimientos, términos, mecanismos de envío de información y lineamientos frente a los acuerdos de voluntades.

Minsalud, atendiendo a la necesidad de determinar la información que deben reportar y publicar las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud, pretende establecer los procedimientos, términos y mecanismos de envío de información en salud y de ejecución, seguimiento y ajuste a los acuerdos de voluntades. De su contenido destaca:
  • Acuerdo de voluntades: Se establece:
  1. Elementos que deberán contener.
  2. Indicadores para su seguimiento.
  3. Mecanismo de ajuste de riesgo frente a desviaciones
  4. Lineamientos para el monitoreo y evaluación.
  • Reconocimiento y pago de facturas: Se destaca:
  1. Soporte de cobro de prestación de servicios y tecnologías en salud.
  2. Auditoria de cuentas médicas
  3. Manual único de devoluciones, glosas y respuestas.
  4. Trámite de devoluciones
  5. reintegro, devoluciones y descuentos de recursos.
  • Atención en salud a las personas: Se establecen:
  1. Lineamientos para atenciones sin autorización.
  2. Vigencia de las autorizaciones y formulas médicas.
  3. Procedimiento para el informe de la atención de urgencias.
  4. Procedimiento de referencia y contrarreferencia.
  • Actualización y deber de información a las personas: Se establece lo siguiente:
  1. Lineamientos para la actualización de los datos de contacto de las personas.
  2. Deber de información a las personas.
  3. Canales de comunicación.
  • Derogatorias: Se derogan las Resoluciones 3047 de 2008 y 3253 de 2009.
Minsalud, Proyecto de Resolución, 8-jun-23

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