Establece directrices sobre el reporte y giro de la remuneración mensual y de la afiliación al Sistema de la Seguridad Social Integral de los internos de medicina

Establece el procedimiento y las especificaciones operativas para el reporte, verificación, reconocimiento y ordenación del giro de la remuneración mensual y la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral que tendrán los internos de medicina. Establece cómo se realiza el pago del apoyo de sostenimiento educativo y el reembolso de aportes a seguridad social, así como los roles y responsabilidades de los actores involucrados (Ministerio, IES, IPS, ADRES, ARL).  
Algunas de las obligaciones:
IPS
  • Capacitar al estudiante interno sobre actividades específicas, riesgos biológicos, físicos y químicos, y medidas de prevención y control.
  • Supervisar y verificar el uso permanente y correcto de los Elementos de Protección Personal (EPP) por parte del estudiante.
  • Coordinar con la IES acciones conjuntas dentro del SG-SST para asegurar la protección integral y el bienestar de los internos.
  • Garantizar la prestación de servicios asistenciales y el reconocimiento de prestaciones económicas derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
  • Brindar asesoría técnica a la IES y escenarios de práctica en la identificación de peligros y evaluación de riesgos.
  • Desarrollar programas de prevención y promoción de la salud dirigidos a los riesgos propios del internado médico.
  • Reportar oportunamente al Ministerio de Salud y Protección Social las novedades académicas y administrativas, así como la información necesaria para el trámite de pago del apoyo de sostenimiento.
  • Custodiar y preservar registros, soportes de afiliación, comprobantes de pago de aportes y demás documentación relacionada con los estudiantes internos y sus novedades.
  • Informar de manera inmediata a la IES y al escenario de práctica la ocurrencia de cualquier incidente, accidente o enfermedad presuntamente derivada de las actividades propias del internado.
 
ARL
  • Implementar y poner en práctica recomendaciones y protocolos en materia de prevención de riesgos laborales para los internos de medicina.
  • Procurar el cuidado integral de la salud del interno y dar cumplimiento a las recomendaciones de prevención, protocolos de bioseguridad y normas internas.
  • Reconocer directamente a los internos las prestaciones económicas y asistenciales derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
  • Desarrollar programas de prevención y promoción de la salud específicos para los riesgos del internado médico, con énfasis en riesgo biológico y psicosocial.
 
Internos de Medicina
  • Afiliarse como independientes a los Sistemas Generales de Salud, Pensiones y Riesgos Laborales.
  • Realizar el pago mensual de aportes a seguridad social integral por PILA, sobre un ingreso base de cotización de 1 SMMLV (o proporcional).
  • Presentar ante la IES el soporte de afiliación y pago de seguridad social integral.
  • Informar oportunamente a los responsables de las prácticas formativas cualquier novedad o situación que pueda afectar el desarrollo de su formación y desempeño.
  • Utilizar correctamente los elementos de protección personal suministrados o requeridos.
  • Gestionar ante la ADRES el recobro de los valores pagados por concepto de aportes a seguridad social.
  • Reportar la novedad de retiro al finalizar el internado o ante cancelación definitiva, a través de la PILA.
  • Cumplir con las condiciones académicas y reglamentos internos de la IES y del escenario de práctica.
 
Otros aspectos de interés
  • El apoyo de sostenimiento educativo no constituye salario ni genera relación laboral, contractual o de empleo público/privado entre el interno y las entidades involucradas.
  • El interno paga los aportes a seguridad social y la ADRES le reembolsa mensualmente dichos valores, garantizando la cobertura y continuidad en el sistema.
  • La inclusión del tipo “73 – Interno de Medicina” en PILA implica ajustes operativos y tecnológicos para las empresas y operadores de información.
  • Se refuerza la obligación de protección de datos personales y la facultad de auditoría y suspensión de giros ante inconsistencias.
Minsalud, Resolución 10 de 2026

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