Se dictan disposiciones sobre la Planeación Integral para la Salud

Se establecen responsabilidades de los actores del SGSSS en la planeación integral para la salud, propendiendo por la garantía del derecho fundamental a la salud en el marco del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031, armonizado con el modelo de salud preventivo y predictivo fundamentado en la Atención Primaria en Salud y demás políticas que sean afines. De su contenido se destaca:
  1. Se establecen los propósitos de la Planeación Integral para la salud, como fortalecer la gobernabilidad y gobernanza democrática de la salud e identificar e intervenir las inequidades en salud, entre otros.
  2. Los insumos para la planeación integral para la salud son estratégicos, operativos y financieros.
  3. En los Planes Territoriales de Salud EPS, IPS y ARL deberán: (i) Hacer parte en la construcción de los análisis participativos de situación de salud en el territorio; (ii) Alinear y vincular las acciones que, en el marco de sus competencias, aportan en la transformación de las problemáticas y necesidades sociales en salud identificadas en el territorio; (iii) Cumplir con los compromisos establecidos en la formulación, implementación, monitoreo y evaluación y rendición de cuentas del Plan Territorial de salud. (iv) Aportar informes y toda la documentación relacionada con el cumplimiento de las acciones a su cargo.
  4. Se deroga la Resolución 1536 de 2015.
(MinSalud, Resolución 100 de 2024, 17-ene-24)

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