Se establece medida transitoria que permita que los costos que superen el valor fijado como ingreso de presupuesto máximo no sean tenidos en cuenta para el cumplimiento de las condiciones financieras y de solvencia

Por medio de la presente resolución se modifica el artículo 17 de la resolución 586 de 2021 para que durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, los costos de los servicios y tecnologías financiados con cargo al presupuesto máximo que superen el valor fijado como ingreso de presupuesto máximo, determinados conforme a los estados financieros reportados para la vigencia correspondiente, por cada EPS o entidad adaptada, no serán tenidos en cuenta para el cálculo del capital mínimo, el patrimonio técnico ni como mayor valor en las inversiones que respalden las reservas técnicas.
Resolución 1341 de 2021, MinSalud

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