Procedimiento para el reporte de datos e información relacionada con las enfermedades ruinosas y catastróficas, denominadas de alto costo
Establece el procedimiento para el reporte, validación, control de calidad y verificación de consistencia de la información relacionada con las enfermedades ruinosas y catastróficas o de alto costo, con el fin de permitir el seguimiento oportuno por parte del Ministerio de Salud y Protección Social. Obligaciones de cumplimiento normativo EPS, ARL, póliza de salud- Recolectar y consolidar los registros de pacientes con enfermedades de alto costo.
- Reportar la información a través de la plataforma PISIS del SISPRO.
- Revisar, validar y ajustar la información remitida por el Ministerio para casos relacionados con VIH, gestantes, niños expuestos al VIH y personas con tuberculosis.
- Garantizar consistencia, completitud, oportunidad, veracidad y calidad de la información.
- Verificar la veracidad de la información reportada por su red de prestadores.
- Reportar la información a las EPS y autoridades territoriales correspondientes.
- Reportar trimestralmente mediante PISIS los registros de personas con VIH, gestantes, niños expuestos al VIH por vía materno infantil, personas con tuberculosis. ´
- Capacitar a su personal en calidad del dato y soporte clínico.
- Entregar los soportes necesarios para auditoría a la Cuenta de Alto Costo.
- Enero – marzo: 30 de abril.
- Abril – junio: 30 de julio.
- Julio – septiembre: 30 de octubre.
- Octubre – diciembre: 30 de enero del año siguiente.
- Periodo evaluado: 1 de enero a 31 de diciembre.
- Fecha límite de reporte: 15 de febrero del año siguiente.
- Durante los primeros seis (6) meses contados desde la expedición de la resolución los sujetos obligados deberán reportar simultáneamente al Ministerio de Salud y a la Cuenta de Alto Costo. Finalizado este período, el reporte se realizará únicamente al Ministerio.
